| Viernes, 29 de Febrero de 2008 | Número
24 |
DIPUTACIóN PROVINCIAL
Servicios Sociales
— ANUNCIO —
CONVOCATORIA DE PLAZAS PARA EL INGRESO DE NIÑOS EN LA GUARDERÍA PROVINCIAL. CURSO 2008-09
BASES
PRIMERA: El objeto de la presente convocatoria es la cobertura de las 24 plazas existentes en esta Guardería Provincial, dependiente de la Diputación Provincial de Cuenca durante el calendario previsto en el Anexo V. |
||
| Se admitirán solicitudes para niños que: | ||
| 1º.- Hayan nacido entre el 1 de enero de 2006 y el 31 de agosto de 2007, ambos inclusive, y con los que se elaborará la correspondiente lista provisional. | ||
| 2º.- Hayan nacido entre el 1 de septiembre y 31 de diciembre de 2007, ambos inclusive, entendiéndose, que en estos casos, se elaborará una lista subsidiaria de reservas que sólo empezará a ser efectiva cuando se agote la lista del punto primero. | ||
| La asistencia y permanencia en la Guardería impone la aceptación de las directrices del Centro y de las presentes normas. | ||
| SEGUNDA: Los padres que han disfrutado de plaza para su hijo en el curso 2007/2008 y deseen, de acuerdo con la edad de éste, que continúe en la guardería infantil, habrán de formular la solicitud pertinente de reserva de plaza (ANEXO I), continuando con la cuota mensual satisfecha en el curso anterior incrementada en el IPC. |
TERCERA: Con respecto a las nuevas solicitudes, aquellos padres que estén interesados en disponer de plaza para su hijo en esta guardería infantil, presentarán la oportuna solicitud (ANEXO II).
CUARTA: Las solicitudes se presentarán en el plazo de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el B.O.P. en el Registro General de la Diputación Provincial de Cuenca, acompañada obligatoriamente de la siguiente documentación:
a) Certificado médico de aptitud del niño.
b) Fotocopia del libro de familia.
c) Fotocopia del D.N.I. de los miembros de la unidad familiar.
d) Fotocopia de la declaración sobre el I.R.P.F. correspondiente al ejercicio 2006, debidamente sellada por el organismo receptor, de todos los miembros de la unidad familiar (padre madre, tutor, hermanos solteros menores de 18 años). En el caso de no presentarla por no estar obligado a ello, se aportará el siguiente certificado de todos los miembros de la unidad familiar
Certificado expedido por la Delegación de Hacienda de los datos fiscales correspondientes al ejercicio 2006.
e) Documentos acreditativos de todas aquellas situaciones que por baremo sean susceptibles de puntuación.
f) Certificado de empadronamiento de todos los miembros de la unidad familiar.
QUINTA: Las solicitudes de reserva de plaza por haberse beneficiado de ella el año anterior obtendrán plaza directamente. El número de nuevas solicitudes que obtendrán plaza irá en función del número de reservas hasta completar las 24 plazas de que dispone la guardería provincial.
SEXTA: Para hacer la selección de las solicitudes se dispone de un baremo en donde se tiene en cuenta la situación sociofamiliar, económica y otras de la unidad familiar (ANEXO III).
SÉPTIMA: De acuerdo con el número de miembros que compongan la unidad familiar y los ingresos económicos de ésta, habrá de satisfacer una cuota mensual, que se calcula de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Guardería Infantil, quedando fijado los módulos para el curso 2008/09 según el ANEXO IV.
OCTAVA: El calendario de apertura y funcionamiento de la guardería infantil se determina en el ANEXO V.
NOVENA: A los efectos de efectuar la baremación y de fijar la correspondiente cuota, se entiende por renta per cápita mensual, el resultado de dividir el rendimiento neto anual (según la legislación fiscal al respecto) entre el número de miembros de la misma y entre doce mensualidades.
DÉCIMA: Para la baremación de las solicitudes, adjudicación de las plazas y asignación de las cuotas mensuales se constituirá una Comisión de Selección que estará compuesta por:
a) La Presidenta de la Comisión Informativa de Servicios Sociales.
b) Un Diputado del grupo de la oposición, miembro de la Comisión de Servicios Sociales.
c) El Sr. Coordinador de Servicios Sociales.
d) Un Técnico en Jardín de Infancia.
e) Actuará como Secretario un funcionario de la Unidad Administrativa de Servicios Sociales.
UNDÉCIMA: Una vez reunida la comisión de selección se elaborará la lista provisional de niños que han obtenido plaza, habilitándose un plazo de cinco días hábiles para presentar reclamaciones ante la comisión de selección, tras lo cual se confeccionará la lista definitiva.
Con las solicitudes que no hayan obtenido plaza se elaborará una lista de espera, ordenada por orden de puntuación, a fin de cubrir las eventuales bajas que pudieran producirse. En el caso de que se llegara a agotar la lista de espera se publicará un anuncio en el B.O.P. abriendo un nuevo plazo de presentación de solicitudes. Regirán el proceso de selección estas mismas bases a excepción de los plazos que se verán reducidos en la forma siguiente:
a) Plazo de presentación de solicitudes: 5 días a contar desde el siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
b) Plazo de presentación de reclamaciones a la lista provisional de adjudicación de la plaza: 2 días hábiles, desde su exposición pública.
c) Plazo para contestar aceptando la plaza concedida: 3 días desde la recepción de la comunicación.
DUODÉCIMA: El solicitante, en caso de ser adjudicatario de plaza, se compromete a confirmar o renunciar en el plazo que se le indique y a abonar la cuota mensual de la forma que corresponda, de acuerdo con la legislación vigente, lo cual le será comunicado junto con la concesión de la plaza. El incumplimiento de estas obligaciones se sancionará con la pérdida de la plaza concedida. En caso de no contestar a la concesión de la plaza en un plazo de cinco días desde la recepción de la comunicación, que se realizará vía telegrama, se entenderá como renuncia a la misma, siguiéndose con el turno correspondiente de la lista de espera.
DECIMOTERCERA: Serán causas de baja:
a) El incumplimiento de la edad reglamentaria para la permanencia en el Centro. A estos efectos, la fecha de la baja será la de la finalización del Curso.
b) La petición de los padres o tutores legales con efectos desde el momento de la petición. Cuando exista una renuncia a la plaza adjudicada, el interesado lo debe hacer por escrito y dirigido a los Servicios Sociales de la Excma. Diputación.
c) El impago del precio fijado, sin causas justificadas, durante un período de dos meses. Es este caso se notificará a la familia, advirtiéndole de la futura baja en supuesto de no actualizar el pago, en el plazo de diez días.
d) Comprobación de falsedad en los datos o documentos aportados.
e) La inasistencia continuada y no justificada al Centro, durante un mes, o discontinúa durante tres meses, con más de 20 ausencias injustificadas.
f) El incumplimiento reiterado de los horarios de entrada y salida, tras ser advertido previamente por escrito y persistir en este comportamiento.
La baja conllevará la pérdida de la plaza para el curso siguiente.
DECIMOCUARTA: La Diputación Provincial podrá recabar los informes y documentos que se consideren necesarios para comprobar la veracidad de los datos reflejados por el solicitante y cuya negativa a facilitarlos provocará automáticamente la pérdida de la plaza.
DECIMOQUINTA: Si los adjudicatarios de plazas (reservada y/o nuevas) consideran en cualquier momento del curso 2008/09 (una sola vez en el curso) que en aplicación de los baremos establecidos en la Ordenanza Fiscal le correspondería una cuota mensual inferior en un 25% ó más, podrán solicitar la revisión de su cuota, presentando la documentación acreditativa para ello.

ANEXO III
BAREMO
SITUACIÓN SOCIO FAMILIAR
1.- Situaciones de riesgo que perjudiquen el desarrollo personal o social del niño o situaciones de desamparo que hagan necesaria la asunción de tutela................ 15 puntos.
2.- Unidad familiar en la que ambos padres trabajen o formada por un solo progenitor que trabaje, excepto cuando se trate de jornada parcial fuera del horario del centro....... 5 puntos.
Esta situación deberá acreditarse mediante certificado de la empresa en la que el/los padre/s desarrollen su trabajo.
3.- Enfermedad crónica grave o minusvalía de alguno de los progenitores que interfiera en la adecuada atención al niño y/o impida integrarse laboralmente............... 3 puntos.
4.- Familia monoparental............ 3 puntos.
5.- Familia numerosa: 1 punto por cada hijo soltero a partir del tercero, inclusive.
Para los puntos 1 y 3 se precisará aportar informe social.
SITUACIÓN ECONÓMICA
1.- Unidad familiar sin ingresos económicos ó situaciones graves de carencia económica (ambos padres en paro, sin prestaciones ni ingresos de otro tipo) con aportación de informe social........... 15 puntos.
2.- Unidad familiar con ingresos. De los ingresos de la unidad familiar se deducirá en concepto de gastos de alquiler o amortización de primera vivienda hasta un máximo de 300 euros; con la cantidad resultante se calculará la renta per cápita establecida en la base novena y según el intervalo en que esté comprendida la renta per cápita resultante le corresponderá la siguiente puntuación:
a) <= 118 €................ 10 puntos.
b) > 118 y <= 178 €...... 9 "
c) > 178 y <= 236 €...... 8 "
d) > 236 y <= 295 €...... 7 "
e) > 295 y <= 354 €...... 6 "
f) > 354 y <= 413 € ...... 5 "
g) > 413 y <= 471 €...... 4 "
h) > 471 y <= 531 €...... 3 "
i) > 531 y <= 589 € ...... 2 "
j) > 589 € ............... 1 "
Los apartados 1 y 2 son excluyentes.
OTRAS SITUACIONES
1.- Por cada hermano matriculado en el centro y que haya efectuado reserva de plaza....... 5 puntos.
2.- Por cada componente de la unidad familiar con una minusvalía superior al 35%.......... 2 puntos.
CRITERIOS DE DESEMPATE
En los empates que, en su caso, se produzcan, se dirimirán aplicando, en el orden establecido y hasta el momento en que se obtenga el desempate, los criterios que se exponen a continuación:
1.- Hermano con plaza.
2.- Menor renta per cápita.
3.- Mayor número de hermanos solteros, miembros de la unidad familiar.
ANEXO IV
TARIFAS POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GUARDERÍA
CURSO 2008/09
TRAMOS RENTA PER CÁPITA |
CUOTA | ||
| <= 158 € |
|
Exento |
|
| > 158 € y <= 189 € |
|
11 € |
|
| > 189 € y <= 220 € |
|
21 € |
|
| > 220 € y <= 253 € |
|
31 € |
|
| > 253 € y <= 284 € |
|
41 € |
|
| > 284 € y <= 315 € |
|
54 € |
|
| > 315 € y <= 346 € |
|
69 € |
|
| > 346 € y <= 378 € |
|
84 € |
|
| > 378 € y <= 409 € |
|
99 € |
|
| > 409 € y <= 440 € |
|
114 € |
|
| > 440 € y <= 473 € |
|
127 € |
|
| > 473 € y <= 504 € |
|
142 € |
|
| > 504 € |
|
161 € |
ANEXO V
CALENDARIO 2008/09
INICIO DEL CURSO: A partir del 1 de septiembre de 2008, con incorporación progresiva de los niños.
FINALIZACIÓN DEL CURSO: 31 de Julio de 2009.
HORARIO:
- Del 1 al 30 de septiembre de 9,15 h. a 13,30 horas
- Del 1 de octubre al 14 de junio 9,15 h. a 16,30 h.
- Del 15 de junio al 31 de julio de 9,15 a 13,30 h.
VACACIONES
NAVIDAD: Del 24 de diciembre de 2008 al 7 de enero de 2009, ambos inclusive.
SEMANA SANTA: Del 6 al 13 de abril de 2009, ambos inclusive.
VERANO: Del 1 al 31 de agosto de 2009, ambos inclusive.
FIESTAS: Las reglamentarias establecidas.
(801)
